# Condiciones de reutilización — borrador

**Proyecto:** JEM-Full — archivo del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados preparado para IA
**Fase:** 1 del plan de [`JEM.md`](../../JEM.md)
**Estado:** **borrador — ninguna licencia ha sido adoptada todavía**

> Usa la convención de etiquetado de [`marco-legal.md`](marco-legal.md) §0:
> `[Dato]`, `[Inferencia]`, `[Propuesta]`, `[Verificar]`.

`JEM.md` §3.3 señala que la propuesta original pide "licencia o condiciones de
reutilización" como indicador FAIR pero nunca declara bajo qué licencia se publica
el propio dataset derivado. Este documento cierra esa omisión como borrador para
decisión del equipo.

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## 1. Principio rector

`[Propuesta]` **Nadie puede licenciar lo que no le pertenece.**

El proyecto no adquiere derechos sobre los documentos del JEM por el hecho de
descargarlos, hashearlos o procesarlos. Lo que sí produce —y por tanto lo único
que puede licenciar— son sus propias obras derivadas: el índice, los metadatos
normalizados, las estructuras extraídas, el código y las mediciones.

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## 2. Los cuatro objetos y sus regímenes

`[Propuesta]`

### 2.1 Documentos originales del JEM — **no relicenciados**

Binarios PDF, DOCX y DOC tal como los publica el órgano.

- Conservan íntegramente su régimen legal de origen.
- El proyecto **no los republica como copia auténtica**, no altera su contenido y
  no reclama derecho alguno sobre ellos.
- La fuente autorizada sigue siendo el JEM. Cualquier uso con efecto jurídico debe
  remitirse al original del órgano, no a la copia del proyecto.
- `[Verificar]` Si el "Reglamento del Expediente Electrónico" del JEM contiene
  cláusulas expresas de reutilización o de autenticidad de copias, esta sección
  debe reescribirse conforme a ellas. Ver [`marco-legal.md`](marco-legal.md) §4.

### 2.2 Metadatos y estructuras derivadas — **CC BY 4.0 propuesta**

Inventario, manifiesto, tipos documentales, números y fechas de resolución,
vínculos causa↔documento, entidades normalizadas de funcionarios públicos, votos
estructurados, métricas de calidad e índice FAIR.

`[Propuesta]` **Creative Commons Atribución 4.0 Internacional (CC BY 4.0).**

Fundamento: es la licencia recomendada por la mayoría de las políticas de datos
abiertos de investigación, es compatible con los principios FAIR —que exigen una
licencia clara y legible por máquina— y no impone restricciones que dificulten la
reutilización académica. `[Inferencia]` Una licencia más restrictiva (NC, ND)
contradiría el propio argumento del proyecto sobre preparación para la reutilización.

### 2.3 Texto extraído por OCR — **decisión pendiente**

`[Propuesta]` **No publicar hasta cerrar la Fase 6 y decidir sobre seudonimización.**

El texto OCR es un híbrido incómodo: reproduce el contenido del original, pero con
errores introducidos por el proyecto. Publicarlo sin su tasa de error medida
equivale a difundir una versión degradada de un documento público sin advertirlo.

`[Propuesta]` Si se publica, debe acompañarse obligatoriamente de:

- la tasa de error medida (CER/WER global y por categoría crítica);
- la versión del motor de extracción y sus parámetros;
- una advertencia visible de que **no es copia auténtica**;
- el enlace al documento original en el sitio del JEM, cuando exista.

### 2.4 Código y scripts — **licencia pendiente de decisión**

`[Propuesta]` Licencia permisiva, **MIT** o **Apache-2.0**. Apache-2.0 añade una
concesión expresa de patentes y un requisito de constancia de cambios; MIT es más
breve. `[Inferencia]` Para un proyecto académico sin componente patentable, MIT
basta; si se prevé colaboración institucional, Apache-2.0 da más certidumbre.

**Decisión abierta.** Debe resolverse antes de la publicación del repositorio.

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## 3. Texto de atribución propuesto

`[Propuesta]` Para quien reutilice los derivados bajo CC BY 4.0:

```
Datos derivados del proyecto JEM-Full (<autores>, <año>), a partir de documentos
públicos del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la República del Paraguay.
Corte del corpus: <identificador>, SHA-256 <hash de manifest.json>.
Licencia CC BY 4.0. Los documentos originales no forman parte de esta licencia y
conservan su régimen legal de origen.
```

`[Inferencia]` Incluir el identificador del corte y el hash en la atribución no es
formalismo: es lo que hace que una cita de estos datos sea verificable. Es el
mismo argumento que el artículo defiende, aplicado al propio artículo.

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## 4. Advertencias obligatorias

`[Propuesta]` Acompañan a toda publicación del dataset derivado:

1. **No es copia auténtica.** Los datos derivan de un procesamiento automatizado
   con tasa de error conocida y distinta de cero. Carecen de valor probatorio.
2. **La fuente autorizada es el JEM.** Ante discrepancia entre este dataset y el
   documento del órgano, prevalece el documento del órgano.
3. **Corte temporal.** Los datos corresponden a un corte fechado y no reflejan
   actuaciones posteriores. El identificador del corte es parte del dato.
4. **Incertidumbre explícita.** Los estados de determinación (`confirmado`,
   `probable`, `ambiguo`, `no_determinable`, `no_aplicable`) forman parte del
   dato. Colapsarlos a un valor binario o a cero **desvirtúa el dataset** y queda
   fuera del uso previsto.
5. **Canal de corrección.** Toda persona mencionada puede solicitar rectificación
   o supresión en los datos derivados. Ver [`marco-legal.md`](marco-legal.md) §5.

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## 5. Lista de control antes de publicar

- [ ] Decidir la licencia del código (MIT / Apache-2.0).
- [ ] Confirmar CC BY 4.0 para los derivados, o adoptar alternativa razonada.
- [ ] Revisar el Reglamento del Expediente Electrónico del JEM por cláusulas de reutilización.
- [ ] Resolver si el texto OCR se publica, y bajo qué condiciones.
- [ ] Definir la política de seudonimización para denunciantes y terceros (ver [`alcance-etico.md`](alcance-etico.md) §4.2).
- [ ] Redactar la ficha del dataset (*datasheet for datasets*) exigida por `JEM.md` §4.4.
- [ ] Establecer el canal de contacto y el compromiso de plazo de respuesta.
- [ ] Elegir repositorio de publicación con DOI persistente (Zenodo u otro) — requisito de la dimensión *Findable* del índice FAIR.
- [ ] Revisión del borrador por profesional del derecho paraguayo.

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## 6. Lo que este borrador no resuelve

`[Inferencia]` Quedan tres tensiones sin resolver, que conviene nombrar en lugar
de disimular:

1. **Apertura vs. protección.** CC BY 4.0 permite que un tercero reutilice los
   datos para exactamente aquello que [`alcance-etico.md`](alcance-etico.md) §8
   prohíbe al proyecto —perfilar personas, por ejemplo—. Una licencia abierta no
   puede impedirlo. `[Propuesta]` Asumirlo explícitamente y compensarlo en el
   diseño del dato: no publicar lo que no debería reutilizarse, en vez de publicarlo
   con una prohibición inaplicable.
2. **Derecho de supresión vs. inmutabilidad del corte.** Si un titular ejerce su
   derecho de supresión, un corte hasheado y publicado ya no puede modificarse sin
   romper su hash. `[Propuesta]` Versionar los cortes y declarar las supresiones
   como cambio de versión, manteniendo el registro de que hubo una supresión sin
   revelar su contenido.
3. **Licencia del texto OCR.** Es un derivado de un documento público cuyo régimen
   no está claro. `[Verificar]` Requiere criterio jurídico profesional.

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## Documentos relacionados

- [`marco-legal.md`](marco-legal.md) — Leyes 5282/2014 y 7593/2025
- [`alcance-etico.md`](alcance-etico.md) — alcance de recolección y publicación
- [`../../MANIFEST.md`](../../MANIFEST.md) — corte vigente e identificador citable
